El Tribunal de Justicia de la UE garantiza que las operadoras de telecomunicaciones no puedan discriminar el acceso a Internet pero el principio debe consolidarse de cara al futuro
El profesor Tim Wu, en 2003, acuñó la expresión “neutralidad de la red” y la definió como el principio de igualdad en el acceso y uso de Internet. Temía que las empresas de telecomunicación pudieran imponer su propia ley de acceso a los usuarios. En Europa, trece años más tarde, se ha pasado de la teoría a la ejecución del principio teórico.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de 15 de Septiembre de 2020 en respuesta a una cuestión prejudicial con respecto a la aplicación del Reglamento Europeo 2015/2120 que consagra el principio esencial de apertura de Internet, ha defendido y ejecutado por primera vez la neutralidad reconocida en el Reglamento. Entiende que dicha “neutralidad” debe aplicarse tanto a favor de los consumidores particulares como de las empresas frente a las operadoras que tienen la posibilidad de limitar el acceso a Internet.
Los paquetes “ tarifa cero” vulneran el principio
Las operadoras ejecutan esta limitación a través, por ejemplo, de la llamada “tarifa cero” que permite el acceso ilimitado a determinadas aplicaciones y/o servicios sin consumir la cesta de datos de los usuarios.
El Tribunal de Justicia de la UE estima que la celebración de acuerdos mediante los cuales unos clientes determinados contratan paquetes que combinan una “tarifa cero” y medidas de bloqueo o de ralentización del tráfico asociado a cualquier aplicación o servicio diferentes de los sujetos a dicha tarifa puede limitar el ejercicio de los derechos de los usuarios finales en una parte significativa del mercado. Un paquete de “tarifa cero” puede incluir, por ejemplo, “My Chat” (WhatsApp, Twitter,..) y “MyMusic” (Spotify, Apple Music,…). Esta oferta también se puede aplicar a contenidos audiovisuales de plataformas como Netflix, HBO, Movistar,…
Según el Tribunal de la UE esos paquetes pueden potenciar la utilización de las aplicaciones y los servicios privilegiados y reducir correlativamente la utilización de las demás aplicaciones y servicios disponibles en Internet. Este tipo de contratación facilita que haya una probabilidad de limitación de acceso. El Tribunal de Justicia de la UE descarta que las medidas de ralentización o de bloqueo del tráfico puedan justificarse por razones técnicas y objetivas. Al contrario, considera que son de índole comercial y, por consiguiente, incompatibles con el Reglamento que consagra la “neutralidad de la red”.
La sentencia puede orientar el despliegue del 5G o quedar en nada
La sentencia puede considerarse oportunista en estos tiempos en los que lo digital se ha erigido en protagonista legítimo y absoluto de la economía de la próxima década en todo el planeta y cuando los principios fundacionales de Internet están cada vez más en entredicho y muy erosionados.
El fallo se emitió tres días antes de la sesión del Estado de la Unión, el 18 de septiembre de 2020, en la que la Comisión Europea conminó a los estados miembros a invertir en la tecnología 5G como pilar esencial de la recuperación. La Comisión Europea promueve poner los fundamentos de una década digital para una Europa conectada que sea más resiliente y autónoma.
Así, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea puede devenir el buque insignia del nuevo despliegue de la tecnología 5G que está promoviendo la Comisión Europea o bien resultar un hito de barro frente los efectos del despliegue de la nueva tecnología.
Atentos al futuro
La controvertida y voraz tecnología 5G que se está implementando en Europa a toda velocidad y su inmediata sucesora 6G y las venideras, cuyas súper estructuras soportarán el despliegue pleno del Internet de las Cosas o de la Inteligencia Artificial, supone un reto para dar cabida y aplicación completa al principio de neutralidad.
En próximos casos, el Tribunal de Justicia deberá hacer frente a unas habilidades o funcionalidades que pueden hacer quebrar la actual consagración jurisprudencial del principio fundamental de la neutralidad de la red; en consecuencia, se deberá estar atento para ver como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea modula en futuros fallos el principio de neutralidad y afronta los retos que le impone la red con la nueva tecnología y los servicios que se ofrecen y se ofrecerán.
A fecha de hoy no hay que menospreciar que los grandes beneficiarios de la aparente neutralidad son todas las grandes empresas digitales, no solamente los proveedores de servicios y/o contenidos, sino también las operadoras de telecomunicación que disponen de empresas proveedoras de servicios o contenidos en sus conglomerados empresariales: en el caso de España, Movistar y su plataforma de contenidos. Lo que está por ver es si esta neutralidad podrá respetarse en favor de los usuarios, tanto si son empresas de dimensiones medianas y pequeñas o ciudadanos que no tienen la capacidad de establecer comparaciones pues su casi único acceso al mercado se concentrará cada vez más en la red, sin poder desplazarse con tanta facilidad como antes del Covid-19, y su visibilidad se diluirá frente a los grandes empresas digitales.
Estados Unidos ha renunciado a la neutralidad, China ni se la plantea
Las grandes compañías proveedoras de servicios y contenidos no son europeas. Vienen de Estados Unidos y de la China, y en ambos países, el principio normativo de neutralidad de la red no existe. En Estados Unidos quedó derogado el principio que proclamaba que los proveedores de servicios de Internet debían proporcionar a los usuarios igual acceso a todos los contenidos- legales- independientemente de su fuente, de forma que no se pudiera bloquear su contenido ni reducir la velocidad de tráfico en Internet.
Cuando Donald Trump tomó posesión de la presidencia americana sustituyó al presidente de la Comisión Federal de Comunicaciones, FCC. Su actual presidente, Ajit Pai, defiende que la neutralidad establecida en 2015 por el presidente Obama iba en contra del esfuerzo que deben hacer las operadoras de servicios, sobre todo por la inversión que requiere la banda ancha y su mantenimiento que, según Ajut Pai, harán que el acceso a la red sea más fácil y barato para todo el mundo.
En un primer momento, compañías como Netflix, Amazon o Facebook se opusieron a la derogación del principio de neutralidad, aunque en la actualidad no parece que les afecte mucho. También los arquitectos de Internet, Vint Cerf y Tim Berners-Lee junto con el cofundador de Apple, Steve Wozniak, se opusieron a la derogación del principio.
El 5G facilita el fraccionamiento de la red
La tecnología 5G, a diferencia de sus predecesoras, no va dirigida preferentemente a los consumidores, sino a las empresas o instituciones. La arquitectura del Internet 5G supone un diseño por niveles conocidos también por rebanadas, Slicing Network. Para las operadoras y las compañías proveedoras de contenidos digitales se abre la puerta a brindar a sus clientes soluciones específicas y concretas, lo que permite ofertar paquetes con distintos niveles de acceso. Con el 5G hay quien aboga por flexibilizar el principio de neutralidad en la red.
En estos tiempos de pandemia y en pleno confinamiento duro en Europa hubo saturación en la red por el uso masivo y permanente del streaming en las redes sociales y plataformas de vídeo; en aquel momento se optó por degradar la calidad del vídeo, una decisión contraria al principio de neutralidad. Esta situación puede repetirse en el futuro mediante una gestión del tráfico en la red que priorice determinados sectores o necesidades que no siempre podrán estar amparados bajo el paraguas de la protección a la salud.
El dominio de las grandes tecnológicas amenaza la neutralidad
Actualmente, el autor del término, Tim Wu, va más allá de criticar la ausencia del principio de neutralidad en la red en Estados Unidos y en China. Al acuñador del término le preocupa el efecto de esta falta de neutralidad que supone la pujanza y posición de dominio que han ganado y siguen ganando las grandes compañías digitales globales, tanto en términos horizontales como verticales, ahora favorecidas por la tecnología 5G.
Europa podrá ser resiliente pero no autónoma pues es cautiva de la tecnología 5G de Estados Unidos y China. Si no hay una sólida consolidación del principio de neutralidad en la red, el acceso de calidad y contenidos quedará privilegiado para los grandes mientras los pequeños sufrirán por el acceso. El principio de neutralidad deberá esforzarse en ser resiliente frente a la implantación de la tecnología 5G.
1 comments
Desde el princípi dels temps humans, sempre a estat un fet, entre les relacions humanes, l’escut i l*espasa, i així fins als míssils i l’escut contra míssils. Euròpa, amb el 5 G i totes les G del futur ha de prendre consciència, radicalment i “velis que nolis”, del que cal fer per a mantenir el se “status” democràtic, vigilant certament, com a principal divisa indiscutible. Totes les garanties i seguretat per a tothom i cap privilègi per a ningú.
En aquest apartat i en tots els demés. Una codició sine qua non. No cal actuar com sembla dir N. Maquiavel, però cal saber que alguns hi actuen.